GRUPOS PROFESIONALES

Definición del servicio

El servicio consiste en la clasificación del personal docente, técnico docente y administrativo docente de acuerdo con su preparación académica, tomando en cuenta lo establecido en el capítulo siete de la Ley de Carrera Docente sobre el Escalafón Docente.

Grupo profesional provisional:

Estos grupos profesionales se asignan para una propuesta de nombramiento. Una vez que la persona es nombrada por parte del MEP, debe formalizar el expediente laboral, así como presentar las certificaciones o atestados académicos, que la acrediten para la asignación de un grupo profesional para efectos salariales. Con la certificación de grupo profesional provisional no se genera pago.

Grupos profesionales asignados por la Dirección General del Servicio Civil:

Estos grupos profesionales son asignados únicamente por el Servicio Civil, para efectos propiamente del concurso. Una vez que la persona es escogida a través de concurso, debe presentarse a la Unidad de Trámites y Servicio al Usuario con los atestados correspondientes para la asignación del grupo profesional para su reconocimiento salarial.



Personas usuarias a las cuales se dirige el servicio

  • Personas funcionarias del MEP en puestos Docentes, Técnico-Docente y Administrativo-Docente.
  • Personas inactivas que no descarten volver a laborar en el MEP.
  • Personas oferentes para un nombramiento.

Requisitos del servicio

  • Para las personas funcionarias del MEP, deben tener el expediente laboral abierto.
  • Título Universitario o certificación equivalente al grado académico y su copia por ambos lados
  • Certificación de Salida Lateral, la cual debe contener la siguiente información:
    • Datos personales.
    • Vigencia de la certificación (3 meses de expedida)
    • Sellos correspondientes.
    • Copia legible (sellos blancos)
    • Timbres Fiscales o entero de gobierno el cual debe contener: Diplomado 150 colones, Bachillerato 250 colones, Licenciatura 350 colones, Doctorado 750 colones, Maestría 600 colones, otros títulos 100 colones.

Normativa

Ley N°1581, Estatuto del Servicio Civil.

Reglamento de Carrera Docente.